Santiago de Querétaro, Qro.– La diputada Isabel Aguilar Morales, Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos y Acceso a la Información Pública de la LVIII Legislatura, presentó en la Oficialía de Partes del Poder Legislativo de Querétaro dos iniciativas de ley, para una mejor protección de los derechos humanos y la identidad de las personas.

La diputada Aguilar Morales expresó que la primera iniciativa de ley que propone, busca reformar el artículo segundo párrafo primero de la Constitución Política del Estado de Querétaro, para incorporar el principio pro persona, como un eje rector en la observancia, tutela y defensa de los derechos humanos. Estableciendo lo siguiente:

Artículo 2. “En el estado de Querétaro, toda persona gozará de los derechos humanos reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, las leyes federales, esta Constitución y las leyes que de ella emanen, así como de las garantías para su protección. Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esta Constitución y con los Tratados Internacionales de la materia, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia”.

La otra iniciativa presentada por la diputada Isabel Aguilar Morales, tiene como propósito adicionar el capítulo III denominado usurpación de identidad, con los artículos 157 Bis y 157 Ter, al Título Quinto que regula los delitos contra la paz y seguridad de las personas, del Código Penal para el Estado de Querétaro; con ello se busca proteger a las personas contra el robo de identidad y que quien cometa este ilícito, sea debidamente sancionado.

 

De acuerdo a la iniciativa presentada por la legisladora, la usurpación de identidad, se produce cuando una persona adquiere, transfiere, posee o utiliza información personal de una persona física o jurídica de forma no autorizada, con fines ilícitos o de lucro. En ese sentido, el robo de identidad causa serios problemas económicos, pero también afecta severamente la reputación de la víctima, por lo que los daños y perjuicios causados por el robo de identidad no se limitan únicamente a problemas financieros, sino que pueden tener un alto costo tanto en el aspecto personal y sentimental de la víctima, debido a que puede dejar una sensación de violación a la vida privada.

En la propuesta se establece que “Al que por cualquier medio se atribuya o suplante la identidad de una persona, con fines de cometer conductas delictivas o de lucro o genere un daño patrimonial y/o moral para sí o para otro, se le impondrá una pena de dos a seis años de prisión, y de doscientos a quinientos días multa y, en su caso, la reparación del daño que se hubiere causado, en los términos del artículo 29 del Código Penal”. La misma pena se le impondrá a quien otorgue su consentimiento para llevar a cabo la usurpación en su identidad.

Aunado a ello, se establece que se equipará el delito de usurpación de identidad y se impondrán las mismas penas previstas, a quien: Transfiera, posea o utilice, sin autorización, datos identificativos de otra persona con la intención de cometer, intentar o favorecer cualquier actividad ilícita; al igual que al que usurpe, se apropie o utilice, sin autorización, a través de Internet, cualquier sistema informático, o medio de comunicación, la identidad de una persona física o moral que no le pertenezca”; y también al que mediante manipulación de medios informáticos, telemáticos, o electrónicos, o la intercepción de datos de envío, empleando el uso de datos personales no autorizados, alcance un lucro indebido o genere un daño patrimonial para sí o para otro”.

Además, se señala que se aumentará hasta una mitad la pena señalada en el artículo que antecede cuando el sujeto activo sea depositario de información personal y la facilite a un tercero, a fin de llevar a cabo la usurpación de identidad.

 

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