La ley de educación en Puebla fue aprobada sin escuchar a los empresarios del ramo de la educación.

Este acto causo indignación

El Congreso de Puebla aprobó en “fast track” una ley con la que el estado toma el control de las escuelas privadas, pues las fiscaliza, regula y permite sancionarlas.

La nueva Ley de Educación fue aprobada sin escuchar a los empresarios del ramo educativo, hecho que causó una fuerte indignación.

La oposición de Morena en el Congreso, es decir, el PRI y el PAN, señalaron que llevarán hasta las últimas consecuencias jurídicas la nueva Ley de Educación.

El gobernador de Puebla, Miguel Barbosa, defendió la legislación al decir que la educación no debe ser un negocio. “No es un negocio, no debe ser un negocio y nunca ser utilizada para lo que se utilizó en otros tiempos: las estafas maestras”, dijo.

Por su parte la Federación para la Defensa de Escuelas Particulares reculó al gobernador y señaló que analiza interponer un amparo.

¿Qué dice la nueva Ley de Educación?

La nueva legislación se compone de 155 artículos entre los que destaca que los bienes muebles e inmuebles de particulares son parte del Sistema Educativo Estatal, es decir deberán cumplir con los requisitos de calidad, seguridad, funcionalidad, oportunidad, equidad, sustentabilidad, resiliencia, pertinencia, integralidad, accesibilidad, inclusividad e higiene.

Sobre el  artículo 121 indica que las escuelas privadas serán fiscalizadas: “colaborarán, de conformidad con la ley en la materia, con las instancias fiscalizadoras para verificar la aplicación de los recursos que se le destinen”, apunta el documento.

En este sentido, pero en el artículo 117, se establece que los directivos de las escuelas privadas deberán rendir un informe sobre sus actividades así como de rendición de cuentas.

En Puebla la ley habilita a la Secretaría de Educación Pública para investigar los incrementos en las cuotas por servicios educativos de los colegios privados.

La nueva Ley de Educación prohíbe la venta de comida chatarra en las escuelas particulares, también indica que las escuelas deberán tener colores neutros y no podrán tener los nombres de cualquier funcionario público en funciones, de cónyuges de éstos o de familiares de hasta el segundo grado de parentesco, tampoco de líderes sindicales.

El artículo 147 señala que las escuelas particulares no podrán condicionar el servicio de educación a la adquisición del uniforme y de los materiales didácticos que solicite la escuela.

Entre las sanciones que establece la legislación están multas de hasta 440 mil pesos a las instituciones que retengan documentos personales y académicos a quienes tengan adeudos, además señala que se procederá con la clausura del plantel en los casos donde una institución imparta educación sin la autorización correspondiente. (Con información de El Heraldo de México) NR

 

 

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