Santiago de Querétaro, Qro.- En sesión de Pleno, los diputados de la LVIII Legislatura de Querétaro aprobaron el Acuerdo por el que se propone al Pleno de la LVIII Legislatura del Estado, la emisión de un Decreto por el que se reelige a Magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Querétaro:  Leticia de Lourdes Obregón Bracho, Juan Ricardo Ramírez Luna, Mariela Ponce Villa, Cecilia Pérez Zepeda, Alfonso Jiménez Campos y Greco Rosas Méndez, a quienes se les tomó la protesta de ley correspondiente, para ejercer el cargo durante el periodo del 28 de diciembre de 2018 al 27 de diciembre de 2027, a quienes esta Legislatura tomó la protesta de ley correspondiente.

De igual forma, los legisladores el Acuerdo por el que se propone al Pleno de la LVIII Legislatura, la emisión de un Decreto que designe a los consejeros ciudadanos del Consejo de la Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro (DDHQ); en ese sentido, los legisladores una vez realizado un ejercicio de ponderación entre las candidaturas propuestas por el Consejo de la DDHQ, concluyeron que estas son acordes a lo previsto en el artículo 29 de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Querétaro, razón por la que estimaron oportuno formular la propuesta de Decreto para designar al Presb. Lic. Aristeo Olvera Maqueda, al C. Josué Alberto Quino Andrade, a la Lic. Bertha Patricia Loria Zárate, a la Lic. Laura Benítez Licona y al Lic. Delfino Hurtado Romero, como Consejeros Ciudadanos del Consejo de la Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro, para el periodo comprendido del 25  de septiembre de 2018 al 24 de septiembre del 2021, quienes rindieron protesta de ley ante esta Legislatura.

Luego de ello, los legisladores aprobaron el Dictamen presentado por la Comisión de Gobernación, Administración Pública y Asuntos Electorales, respectivo a la Iniciativa de Ley que reforma el primer párrafo y adiciona un segundo párrafo del artículo 418 del Código Civil del Estado de Querétaro, en el cual se asienta: “a las personas que tienen un menor bajo su custodia o ejercen patria potestad sobre él, corresponde la obligación de protegerlo y educarlo para su adecuado desarrollo integral. Tienen la facultad de amonestarlo y corregirlo, respetando siempre su dignidad humana. Asimismo se establece que quedan prohibidos los castigos corporales, crueles e innecesarios que arriesguen la integridad física y emocional del menor; y que cuando llegue a conocimiento de la Fiscalía General del Estado o de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Querétaro, que las personas a que se refiere el primer párrafo de este artículo no cumplen con su obligación o abusan de su derecho a corregir, promoverán la suspensión o pérdida de la patria potestad o de la custodia en su caso”. En torno a este punto, se pronunció a favor la diputada Carmelita Zúñiga.

Por otra parte, los legisladores aprobaron el Dictamen de la Comisión de Gobernación, Administración Pública y Asuntos Electorales, relativo a la Iniciativa de Ley de Mejora Regulatoria del Estado de Querétaro.  De acuerdo a lo expresado por la diputada presidenta de dicha comisión, Carmelita Zúñiga Hernández, esta ley incorpora las disposiciones de la nueva Ley General de Mejora Regulatoria que rige a nivel nacional y tiene por objeto establecer las disposiciones relativas a la mejora regulatoria para los órdenes de gobierno estatal y municipal en el ámbito de sus respectivas competencias, de conformidad con los principios y las bases previstas en la Ley General de la materia.

Asimismo, fue aprobado el Dictamen también presentado por  la Comisión de Gobernación, Administración Pública y Asuntos Electorales, respecto al Dictamen de la Iniciativa de Ley que expide la Ley que crea el Instituto de la Función Registral del Estado de Querétaro y reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Hacienda del Estado de Querétaro, del Código Fiscal del Estado de Querétaro, de la Ley del Notariado del Estado de Querétaro, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, de la Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Querétaro, de la Ley de Archivos del Estado de Querétaro, del Código Civil del Estado de Querétaro, del Código Urbano del Estado de Querétaro y de la Ley que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Hacienda del Estado de Querétaro, del Código Fiscal del Estado de Querétaro, de la Ley de Obra Pública del Estado de Querétaro, de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Querétaro, de la Ley de Deuda Pública del Estado de Querétaro, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, de la Ley de la Administración Pública Paraestatal del Estado de Querétaro y de la Ley para el Desarrollo de los Jóvenes del Estado de Querétaro de fecha 19 de diciembre de 2017. Presentado por la Comisión de Gobernación, Administración Pública y Asuntos Electorales.  Este dictamen tiene como propósito, adecuar diversos instrumentos legales, con el propósito de fortalecer al Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado, denominándolo ‘Instituto de la Función Registral del Estado de Querétaro’, transformando su naturaleza a organismo público descentralizado, para contar con personalidad jurídica y patrimonio propios, que le permitan avanzar de manera decidida en la consolidación de la modernización institucional a que se ha hecho referencia en párrafos anteriores. En su oportunidad, la diputada Carmelita Zúñiga expresó sus consideraciones a favor de esta propuesta.

Posteriormente fue aprobado el Dictamen de la Comisión de Gobernación, Administración Pública y Asuntos Electorales, en torno a la Iniciativa de Ley que crea la Comisión para la Consolidación y Evaluación del Sistema de Justicia Penal Acusatorio del Estado de Querétaro, denominada “Cosmos”.  La cual tiene como objetivo fundamental, establecer una coordinación efectiva entre las distintas instituciones y autoridades que participan en el Sistema de Justicia Penal Acusatorio en la entidad. La diputada Carmelita Zúñiga se pronunció a favor de la propuesta, afirmando que es necesaria la creación de una comisión que no solo continúe los trabajos de la implementación y desarrollo del sistema, sino que además evalúe los trabajos que se han realizado.

En otro punto del orden del día, la misma comisión presentó el Dictamen de la Iniciativa de Ley que reforma diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada del Estado, definiendo a estas como personas morales constituidas por voluntad de los particulares, que con bienes de propiedad privada, ejecutan actos de asistencia social, sin propósito de lucro u objeto de especulación y sin designar individualmente a los beneficiarios. Pero es preciso adecuar el marco normativo que regula a las instituciones de asistencia privada en el Estado a fin de que se procure que el ejercicio de sus funciones garantice el cumplimiento de la finalidad de las mismas, en el entendido de que esta representa un beneficio de carácter o naturaleza social y de interés general que se traduce en la ayuda a las personas o a los sectores de la población que se encuentran en situación de riesgo, desventaja o vulnerabilidad, colaborando así en las acciones tendientes a la protección de los derechos fundamentales contemplados en el marco constitucional.

La Comisión de Planeación y Presupuesto presentó el Dictamen de la Iniciativa de Ley que reforma la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado, la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado, la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro y de la Ley de Obra Pública, las modificaciones que se plantean resultan coincidentes con las recientes reformas efectuadas a la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, de donde se deriva la necesidad de precisar facultades en la norma local, por lo que con su establecimiento se propicia el manejo sostenible de las finanzas públicas de los entes públicos.

Es necesario contar con un marco jurídico adecuado, armónico y preciso que defina con exactitud el ámbito de competencia de las instancias encargadas de la administración de las finanzas en los distintos ámbitos de gobierno de la entidad federativa y los municipios. Con esta reforma  se fomentará el desempeño adecuado y eficaz de las dependencias referidas, reivindicando, a su vez, los principios del federalismo traducidos en la coexistencia armónica de instancias estatales y municipales con atribuciones análogas.

Por otra parte, se aprobó el Dictamen de la Iniciativa de Decreto que establece un nuevo plazo al Decreto que autoriza al titular del Poder Ejecutivo del Estado para enajenar el inmueble que en él se describe para fortalecer la capacitación, empleo y educación. Este dictamen busca la viabilidad de llevar a cabo la reubicación de las líneas de alta tensión y ductos de Gas Licuado de Petróleo que cruzan por el predio en mención, con motivo de la ejecución de la construcción de dicha Universidad, aunado a esto, justifican y evidencian los elementos que sustentan la propiedad donada y los trabajos y gestiones llevadas a cabo a fin de cumplir con el objeto motivo de la donación, lo cual se traduce en la posibilidad de brindar un nuevo plazo para poder desarrollar y construir las instalaciones de la Universidad, en el inmueble sujeto de la donación.

Por lo que la beneficiaria deberá destinar la superficie utilizable del inmueble que se le transmite para el establecimiento de la universidad, en un nuevo plazo de tres años para ofrecer los servicios de educación, de no ser así, la enajenación será revocada y la propiedad del inmueble se revertirá a favor del estado, con sus mejoras y accesorios.  Este plazo concedido a la beneficiaria comenzará a contar a partir de que sean retiradas del inmueble en cuestión las líneas de Gas Licuado de Petróleo y las líneas eléctricas de media y alta tensión que lo afectan. Los gastos de retiro o reubicación de líneas correrán a cargo de la beneficiaria, quedando además obligada a realizar y acreditar las gestiones necesarias para ello.

Acto seguido se aprobó Dictamen de la Iniciativa de Ley que Reforma la Fracción XXV del Artículo 145 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Querétaro; de la Iniciativa de Ley que Reforma y Adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Querétaro; de la Iniciativa que reforma los artículos 17, 3º y 4º , 20, 22, 23, 124 y 127 y adiciona el artículo en el artículo 24 Bis de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Querétaro; de la Iniciativa de Ley que Reforma y Adiciona el inciso e) del artículo 42 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Querétaro, a fin de que las iniciativas de ley de nueva creación incluyan un índice de temas y artículos al ser presentadas. Así como de la Iniciativa de Ley que Adiciona un tercer párrafo al artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Querétaro, en materia de perspectiva de género; de la Iniciativa de Ley que reforma y adiciona un párrafo al artículo 163 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Querétaro, para implementar la paridad de género horizontal en la designación de titulares de la Legislatura del Estado de Querétaro y de la Iniciativa de Ley que modifica y reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado  de Querétaro e Iniciativa de Ley que modifica y reforma  diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado.

Entre las reformas aprobadas a la Ley Orgánica del Poder Legislativo, se destacan las competencias de las comisiones, la equidad de género en las áreas que lo conforman, adecuaciones al proceso legislativo relativas a la operación cotidiana de la Legislatura, y se fortalece la operación del Poder Legislativo desde sus diversos órganos y dependencias para que el resultado sea directamente traducidos en beneficio de los queretanos.

En otro punto del orden del día, se aprobaron 89 Dictámenes de solicitudes de Jubilaciones por Vejez y Pensiones por Muerte, estas propuestas de dictamen fueron analizadas y aprobadas  por la Comisión de Trabajo y Previsión Social, de conformidad de los convenios laborales que cada dependencia ha suscrito con su sindicato, por tratarse de la normatividad que más favorece a quienes solicitan su trámite de pensión o jubilación, principalmente, por no requerir el promedio de los últimos cinco años de su sueldo y por contener un mayor porcentaje para calcular los montos de pensión o jubilación.

El diputado José González formuló una reserva de ley con el propósito de que en cada dictamen presentado, se modifique la antigüedad, los porcentajes y las cantidades que deberán percibir los trabajadores, de acuerdo con lo que establece la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Querétaro, propuesta que fue aprobada por la mayoría de los legisladores.

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