Se confirman los resultados de la elección del Ayuntamiento de Peñamiller

En el recurso de apelación TEEQ-RAP-53/2018, el PRI pidió que se declarara la nulidad en 6 casillas correspondientes a la elección del Ayuntamiento de Peñamiller, argumentando que dichas casillas fueron instaladas en un lugar distinto al señalado y publicado por el Instituto Nacional Electoral (INE), y que no había certeza de quiénes fungieron como integrantes de la mesa directiva en una de esas casillas, debido a que el apartado de instalación del acta de jornada electoral aparecía en blanco.

Referente a la supuesta instalación indebida de casillas, el Tribunal Electoral concluyó que solamente se trató de la omisión de anotar de manera completa los datos del domicilio, puesto que existen coincidencias sustanciales entre los datos asentados en las actas de escrutinio y cómputo, así como de las de jornada electoral, que al ser analizadas y valoradas, permiten determinar que en efecto se trata del lugar señalado por el INE para instalar las casillas.

Respecto a la falta de certeza de quiénes fungieron como integrantes de la mesa directiva en una de las casillas, si bien es cierto que el apartado donde deben aparecer los nombres de quienes integraron la mesa directiva de casilla se encuentra en blanco, esto se debe a una omisión que por sí sola no puede dar lugar a la nulidad de la votación recibida en casilla, ya que luego del análisis del apartado de cierre de votación y del acta de escrutinio y cómputo, se advirtió que la mesa directiva de casilla sí estuvo debidamente integrada para recibir la votación, contrario a lo sostenido por la parte actora. Por lo anterior, el Tribunal Electoral resolvió confirmar la declaración de validez de la elección del Ayuntamiento de Peñamiller.

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