TEEQ revoca   impugnaciones en contra del ex candidato del PAN en SJR

En asunto relativo a presunto uso indebido de recursos públicos

En días pasados se dio a conocer que en cumplimiento a lo ordenado por la Sala Regional Monterrey del TEPJF en la sentencia emitida en el juicio SM-JRC-150/2018, el Tribunal Electoral del Estado de Querétaro emitió una nueva sentencia para el recurso de apelación identificado con la clave TEEQ-RAP-41/2018.

Previamente, la Sala Regional Monterrey del TEPJF dictó sentencia en la cual se revocó la sentencia dictada por este Tribunal Electoral y ordenó que, en plenitud de jurisdicción, emitiera una nueva bajo parámetros específicos, en donde los hechos denunciados se analicen conforme al tipo de “uso indebido de recursos públicos”, sin tomar en consideración la promoción personalizada y actos anticipados de campaña.

Se precisa que en el recurso de apelación TEEQ-RAP-41/2018, Guillermo Vega Guerrero impugnó la resolución dictada por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Querétaro, dentro del expediente IEEQ/PES/005/2018-P, por medio de la cual se le sancionó por la comisión de actos anticipados de campaña y vulneración de las normas de propaganda.

En el caso, en plenitud de jurisdicción, el Tribunal Electoral concluyó que con los elementos probatorios que integran el expediente, no se acreditó que haya existido un uso indebido de los recursos públicos para influir en la competencia entre los partidos políticos. Por lo anterior, y en cumplimiento a lo ordenado por la Sala Regional Monterrey del TEPJF, se resolvió revocar la resolución impugnada en lo relativo al uso indebido de recursos públicos.

 

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